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Nuevo Real Decreto para la prevención y el control de la legionelosis

El nuevo Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 22 de junio de 2022. El documento sustituye al Real Decreto 865/2003,  que ha sido la legislación de referencia en España en prevención y control de la legionelosis durante casi 20 años. El nuevo Real Decreto entrará en vigor el 2 de enero de 2023.

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Novedades del nuevo Real Decreto para la prevención y control de la legionelosis

El documento incluye 21 artículos agrupados en 7 capítulos y 10 anexos. Destacan las siguientes novedades respecto a la legislación anterior:

 

  • Desaparece la clasificación de las instalaciones de riesgo en función del bajo o alto riesgo de proliferación de Legionella. Todas las instalaciones que acumulen agua y que produzcan aerosoles son consideradas de riesgo frente a la Legionella.

 

  • Definición de responsabilidades. El titular de la instalación sigue siendo el máximo responsable del cumplimiento de lo expuesto en el Real Decreto, pero se amplían las responsabilidades para el personal propio, fabricantes, laboratorios de análisis y empresas de servicios externos de prevención.

 

  • Se debe disponer de un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL) para todas las instalaciones de riesgo. El plan debe incluir, entre otros aspectos, un diagnóstico inicial de la instalación, todos sus datos técnicos, el programa de tratamiento, el programa de muestreo y análisis del agua, y toda la documentación relacionada con la prevención de Legionella en la instalación. Se dispone de un plazo máximo de un año, a partir de enero de 2023, para actualizar el PPCL. Alternativamente, al PPCL, el Real Decreto permite definir un Plan Sanitario frente a Legionella (PSL). Se trata de un plan de prevención que evalúa el riesgo individual y particular de cada instalación y planifica una serie de acciones de prevención, independientes al RD 487/2022, y que pueden estar basadas en las Guías Técnicas de la Organización Mundial de la Salud de Legionella y prevención de la legionelosis. El Ministerio de Sanidad indica que se trata de una opción reservada a centros sanitarios.

 

  • Acreditación de laboratorios de análisis de Legionella, en un plazo máximo de 2 años, según norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2017. Además, se asigna a los laboratorios de análisis de Legionella la responsabilidad en la toma de muestra de Legionella.

 

  • Nuevas tablas que establecen frecuencias de muestreo (tabla 3), criterios de calidad del agua (tabla 1) y medidas en función de los resultados de Legionella spp determinados (tablas 7, 8 y 9), específicas según tipo de instalación:.
tabla frecuencia de muestreo de legionella
calidad del agua legionella
control de legionella tablas
medidas legionella

 

  • Nuevos protocolos de toma de muestras, detallando condiciones de conservación y transporte de las muestras, características de los envases y procedimientos en función de la instalación y el análisis realizado.

 

  • Se modifican los requisitos de formación para todo el personal involucrado en el PPCL. Este hecho supone la derogación de la Orden SCO 317/2007, que regulaba el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones, y que definía los cursos de formación de 25 horas específicos para esta aplicación. A partir de ahora, el personal propio de la empresa titular de las instalaciones o de empresas de servicios a terceros que realice acciones menores (como controles de temperatura, pH o biocida) deberá ser incluida en un plan de formación específico. Por otra parte, el resto de personal implicado en el PPCL deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. Para el caso del responsable técnico se deberá disponer de una titulación universitaria del área científica o de un certificado de profesionalidad específico. Para el caso del resto de personal que desempeñe su actividad relativa al programa de tratamiento PPCL se deberá disponer de un certificado de profesionalidad específico de la cualificación profesional SEA 492-2 “mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de profileración de micoorganismos nocivos y Legionella y su diseminación por aerosolización”.

Por otra parte, se establece una prórroga de 5 años en la validez de los certificados de aprovechamiento recogidos en la Orden SCO/317/2003 y se autoriza a las comunidades autónomas a realizar nuevas ediciones de los cursos de formación recogidos en la citada Orden durante el plazo de 5 años indicado, si fuera necesario.

  • Desaparecen los protocolos de limpieza y desinfección con hipoclorito sódico. Se permite utilizar protocolos de limpieza y desinfección propios que pueden estar basados en la experiencia acumulada o en las indicaciones de las empresas de servicios externos de prevención.

Conclusiones

  • La publicación del RD 487/2022 supone un avance técnico y legislativo muy importante en la prevención y el control de la legionelosis en instalaciones de riesgo en España.
  • Se trata de un documento extenso y completo, que actualiza y cubre aspectos no incluidos en el anterior RD 865/2003.
  • Algunos aspectos del nuevo Real Decreto pueden estar sujetos a distintas interpretaciones y deberán ser clarificados por el Ministerio de Sanidad o por la inspección sanitaria. En concreto, se identifican los siguientes puntos sujetos a interpretación:
    • los programas de formación del personal propio de las instalaciones o de las empresas de servicios a terceros,
    • la supervisión que deben ejercer los laboratorios de análisis de Legionella en la toma de muestra
    • la necesidad de realizar lecturas en continuo de biocida en sistemas de agua sanitaria y en circuitos de refrigeración.

En Proquimia ponemos a disposición toda nuestra experiencia en tratamiento de aguas y prevención de Legionella, para que las empresas titulares de instalaciones de riesgo frente legionella puedan cumplir los requisitos establecidos por el nuevo marco legal. 

 

Referencias bibliográficas

 

Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.

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